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SIRADIG y formulario 1357. Deducciones y topes. Claves de la presentación anual 2019 para empleados y jubilados - Parte I

SIRADIG y formulario 1357. Deducciones y topes. Claves de la presentación anual 2019 para empleados y jubilados

Los empleados y jubilados tienen tiempo hasta el próximo 31 de Marzo para presentar el formulario SIRADIG 572 web con las deducciones a computar en la liquidación anual del año 2019.

AFIP - Siradig

¿Qué es el SiRADIG?

 

El formulario 572 web es un servicio que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.

Para la presentación de dicho formulario se accede desde la web de AFIP ingresando al servicio «Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

¿Quiénes deben presentar el SIRADIG?

La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo de cada año y le corresponde a:

·         Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

·         Los empleados en relación de dependencia.

·         Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

·         Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.

·         Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

Es importante destacar que para deducir o informar las deducciones de Ganancias- F.572 Web- que se realiza anualmente a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador”, se tendrá que realizar aún cuando en el período fiscal no se obtengan ingresos, deducciones y/o nuevas cargas de familia.

¿Qué datos se deben cargar en el SIRADIG?

En el mencionado servicio SiRADIG, el trabajador deberá completar:

·         Sus datos personales,

·         Información referida al empleador o empleadores que tuvo durante el período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención,

·         Detalle de las Cargas de Familia,

·         Importe de las ganancias liquidadas por otros empleadores (en caso de pluriempleo),

·         Deducciones y desgravaciones,

·         Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta.

 

Información referida al empleador

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3° de la Resolución General N° 4003, deberá actuar como agente de retención aquel que abone las remuneraciones de mayor importe. Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.

 

WhatsApp Centralizado: +5492657629583
Tel:02657 - 422175 / 438412
Profesor Ricardo D´agnillo 92, Villa Mercedes (San Luis) - Argentina
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