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Impuestos provinciales: comenzó a regir el Plan de Regularización Tributaria

La Dirección Provincial de Ingresos Públicos puso en marcha una nueva moratoria para deudas de contribuyentes acumuladas hasta el 31 de octubre de 2019 en impuestos de Ingresos Brutos, Inmobiliario, Automotor, Sellos, entre otros.

 

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Este nuevo plan, destinado a los contribuyentes de San Luis, entró en vigencia el lunes 17 de febrero y se extiende hasta el 30 de abril próximo.

 

Este nuevo Plan de regularización incluida en la Ley VIII-0254-2019 con ejercicio fiscal 2020 se publicó el mismo lunes 17 de febrero en el Boletín Oficial e inmediatamente entró en vigencia.

Uno de los requisitos para adherirse a este plan es abonar una entrega inicial calculada sobre el monto total de la deuda. El importe mínimo de cada cuota es de $500.

Además, el contribuyente deberá encontrarse en situación regular a la fecha de adherir al plan respecto de toda obligación posterior al 1º de noviembre del 2019.

Con respecto a las cuotas, el Plan de Regularización Tributaria contempla hasta un máximo de 36 cuotas, con solo el 1% de interés por mora. Y un interés por financiación que varía del 1% (entre 1 a 12 cuotas) al 2% (de 25 a 36 cuotas).

Además en el caso de optar por el pago contado el interés por mora será del 1%, siendo posible la aplicación de un descuento del 15% hasta el límite del capital adeudado.

En cuanto a las multas, se reducirán en un 80% para las multas por omisión y del 50 % para las formales.

Requisitos para acogerse al plan de regularización tributaria:

a) Renunciar a  cualquier acción judicial y/o jurisdiccional respecto de la obligación principal, recargos, intereses y multas;

b) No mantener contienda judicial alguna contra el Estado Provincial;

c) Desistir de toda acción judicial y/o jurisdiccional entablada por el contribuyente y/o responsable contra la Provincia;

d) Allanarse a toda acción judicial y/o jurisdiccional entablada por el Estado Provincial contra el contribuyente y/o responsable;

e) Encontrarse en situación regular a la fecha de acogimiento al plan respecto de toda obligación posterior al 1 de noviembre de 2019 -sea sustancial y/o formal- para con la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;

f) Tener operativa la Clave Fiscal de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.

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Profesor Ricardo D´agnillo 92, Villa Mercedes (San Luis) - Argentina
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