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SOCIEDADES Y CIERRE DE ACTIVIDADES

Cómo cerrar una SRL o SAS en Argentina: trámites, impuestos y obligaciones pendientes

Dejar de vender puede ser una decisión inmediata. Cerrar correctamente la sociedad requiere ordenar el patrimonio, atender compromisos y completar los trámites correspondientes.

7 minutos de lectura

Normativa y fuentes consultadas: 17 de septiembre de 2026.

En esta publicación
  1. 1. Cese de actividad, disolución y liquidación
  2. 2. Antes de cerrar, confirmá cuál es el objetivo
  3. 3. Prepará un inventario de lo pendiente
  4. 4. Ordená las decisiones y la liquidación
  5. 5. Un ejemplo del remanente a distribuir
  6. 6. El frente laboral y contractual
  7. 7. Bajas fiscales y cancelación de inscripción en ARCA
  8. 8. Qué coordinar si la sociedad está en San Luis
  9. 9. Cerrá también el archivo y la rendición
  10. Preguntas frecuentes

La empresa dejó de trabajar hace meses. Ya no emite facturas y el local está vacío. Sin embargo, siguen llegando avisos y aparecen presentaciones pendientes.

La falta de actividad no equivale a la finalización de la sociedad. El cierre tiene aspectos comerciales, laborales, impositivos y registrales que deben coordinarse.

Antes de iniciar trámites aislados, conviene preparar un plan: qué queda por cobrar, qué se debe, qué bienes existen y quién llevará adelante la liquidación. Así podés estimar fondos, documentación y tareas necesarias.

1. Cese de actividad, disolución y liquidación

Deslizá la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.

Etapa o decisiónQué significa en términos prácticos
Cese operativoEl negocio deja de realizar su actividad habitual.
DisoluciónSe configura la causa o decisión que abre el proceso de cierre societario.
LiquidaciónSe ordena el patrimonio, se atienden obligaciones y se determina el remanente.
Cancelación registralSe completa la cancelación de la inscripción conforme al trámite aplicable.

La sociedad conserva personalidad durante la liquidación a esos efectos. La Ley General de Sociedades regula esta etapa y la cancelación; para una SAS también corresponde atender su régimen específico. Son referencias la Ley 19.550, artículos 101 a 112, y la Ley 27.349, artículos 55 y 56.

La baja de un impuesto es una gestión diferente y no reemplaza todo ese recorrido.

2. Antes de cerrar, confirmá cuál es el objetivo

Si solo se retira un socio y la empresa continuará, puede corresponder analizar una transferencia de participaciones. Si se vende una unidad de negocio o se cambia de actividad, la decisión tampoco es necesariamente liquidar la sociedad.

Cuando sí se decide terminar, revisá contrato, estatuto, composición societaria y autoridades. Esos documentos permiten determinar cómo adoptar e instrumentar las decisiones y quién debe actuar.

Si la empresa no puede atender sus obligaciones, la solución requiere además un análisis jurídico de su situación patrimonial. Un trámite de baja no elimina las deudas ni reemplaza las vías aplicables ante insolvencia.

3. Prepará un inventario de lo pendiente

Reuní información a una fecha concreta:

  • Dinero y créditos: caja, bancos, clientes, depósitos y saldos a recuperar.
  • Bienes: mercadería, equipos, vehículos, inmuebles y activos digitales.
  • Deudas: proveedores, préstamos, impuestos, obligaciones laborales y saldos con socios.
  • Contratos: alquileres, seguros, servicios, garantías y compromisos de entrega.
  • Contingencias: reclamos, litigios, inspecciones y obligaciones que podrían aparecer.

Distinguir valores contables y valores de realización ayuda a estimar los fondos. Un crédito de $10 millones no equivale a $10 millones disponibles si parte es incobrable. La venta apurada de equipos también puede producir un resultado distinto del esperado.

4. Ordená las decisiones y la liquidación

La documentación debe reflejar la decisión o causal de disolución y la designación de quien realizará la liquidación, con las formalidades correspondientes. Ese responsable necesitará acceso a registros, contratos y cuentas.

Prepará un calendario de cobros, realización de bienes, pagos, información contable y trámites. Al concluir la liquidación corresponde preparar el balance final y el proyecto de distribución, con su aprobación y presentación según el procedimiento aplicable. La secuencia depende de lo que quede pendiente; una empresa sin activos ni deudas no presenta el mismo trabajo que otra con personal, inmuebles y litigios.

Para los bienes que se entreguen a socios, revisá titularidad, valuación, instrumentación e impuestos. No conviene retirar mercadería o transferir vehículos como si el cierre ya estuviera terminado.

5. Un ejemplo del remanente a distribuir

Supongamos que una sociedad puede obtener los siguientes fondos durante la liquidación:

Deslizá la tabla hacia los lados para ver todas las columnas.

ConceptoImporte estimado
Dinero disponible$5.000.000
Cobranza de créditos$20.000.000
Venta de mercadería$25.000.000
Venta de equipos$15.000.000
Fondos totales$65.000.000
Pago de obligaciones existentes−$40.000.000
Gastos e impuestos de liquidación estimados−$5.000.000
Remanente estimado$20.000.000

Si los importes se confirman, no hay otras obligaciones y corresponden derechos iguales para dos socios, el remanente de referencia sería $10 millones para cada uno. La distribución debe respetar la situación de acreedores y las aprobaciones y formalidades aplicables.

Ejemplo hipotético. Supone que las obligaciones laborales y demás deudas conocidas están comprendidas en los $40 millones y que los $5 millones adicionales cubren los costos e impuestos estimados del cierre. No representa una liquidación fiscal ni contempla contingencias nuevas.

6. El frente laboral y contractual

Si hay trabajadores, prepará el análisis de cada vínculo, las comunicaciones, liquidaciones y obligaciones correspondientes. No existe un importe único para cerrar una nómina: influyen las condiciones individuales y la normativa vigente.

Revisá también alquileres, contratos de suministro y garantías ofrecidas a clientes. Identificá penalidades, preavisos y devoluciones de depósitos que correspondan. Cancelar un débito automático no equivale a extinguir el contrato que lo originó.

Conviene conservar los servicios y accesos necesarios para completar la liquidación. Cerrar una cuenta bancaria demasiado pronto puede complicar una cobranza pendiente o la devolución de un saldo.

7. Bajas fiscales y cancelación de inscripción en ARCA

Revisá impuestos y regímenes activos, declaraciones pendientes, pagos, planes y saldos. Las últimas ventas de bienes y demás operaciones del cierre pueden tener efectos fiscales, por lo que las fechas deben coordinarse con lo que realmente ocurre.

ARCA publica un procedimiento para personas jurídicas mediante Presentaciones Digitales, trámite «Disolución de sociedades», con formulario DJ 981/PD, documentación de liquidación y cancelación registral, y nombramiento del liquidador con su inscripción. La documentación y condiciones deben verificarse al presentar, en la guía de cancelación de inscripción de ARCA.

La baja nacional tampoco completa por sí sola la situación de Ingresos Brutos, regímenes provinciales o habilitaciones municipales. Prepará una lista separada para cada organismo y conservá las constancias de resolución.

8. Qué coordinar si la sociedad está en San Luis

Para una sociedad inscripta en San Luis, el cierre registral debe tramitarse ante el organismo provincial competente. Antes de presentar, verificá los requisitos vigentes para el tipo social y la etapa: documentación de decisiones, liquidador, información contable, firmas, tasas y publicaciones que correspondan.

No conviene trasladar automáticamente una lista de la IGJ de CABA o de otra provincia. Los formularios y procedimientos locales pueden diferir. Este artículo describe el recorrido; no sustituye el listado actualizado de requisitos provinciales.

Coordiná además la situación ante DPIP y el municipio donde operaba la empresa, y las jurisdicciones involucradas si tributaba por Convenio Multilateral. Un expediente registral y una baja impositiva son controles distintos del cierre.

9. Cerrá también el archivo y la rendición

Definí quién conservará libros, documentación y respaldos durante los plazos aplicables. Prepará una carpeta con decisiones, balances, pagos, trámites y constancias finales.

Antes de dar por terminado el trabajo, conciliá el dinero distribuido y verificá qué asuntos quedan abiertos. Un cierre ordenado debería permitir que, tiempo después, se pueda explicar qué se hizo y con qué respaldo.

Preguntas frecuentes

¿Si no facturo, desaparecen las obligaciones?

No automáticamente. Hay que revisar inscripciones y obligaciones vigentes, además del estado de la sociedad.

¿Cuánto demora y cuánto cuesta cerrar?

Depende de activos, deudas, personal, documentación y observaciones. Se puede presupuestar mejor después de relevar la situación; no hay un plazo ni un arancel total universal.

¿Puedo repartir el dinero y después pagar lo que aparezca?

La distribución exige revisar previamente obligaciones y contingencias y cumplir el procedimiento aplicable. Vaciar la caja puede impedir atender compromisos y generar responsabilidades.

Un cierre completo evita dejar asuntos sin resolver

En Estudio Manissero acompañamos a sociedades de Villa Mercedes y San Luis en el ordenamiento contable e impositivo del cierre, con coordinación jurídica y seguimiento de la documentación necesaria.

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Contador Público · Estudio Manissero, Villa Mercedes, San Luis.